Reglamentaron el funcionamiento de las plataformas digitales de transporte en Bariloche
Se crea registro público gratuito. Exigen domicilio de 2 años, licencia D1 y vehículos de hasta 10 años de antigüedad. Trámites por Muni Digital.

El Municipio de Bariloche reglamentó el funcionamiento del servicio de transporte privado de pasajeros bajo la modalidad "punto a punto", contratado mediante plataformas digitales, con el objetivo de ordenar la actividad, fortalecer los controles y brindar mayores garantías de seguridad tanto para los usuarios como para los prestadores. La medida reglamenta la Ordenanza N.º 3547-CM-25 y complementa, en los aspectos correspondientes, la Resolución N.º 2610-I-2025, que fue firmada por el intendente Walter Cortés, estableciendo nuevas pautas para la inscripción, habilitación y fiscalización de conductores y vehículos.
Uno de los principales cambios es la creación del Registro de Vehículos y Conductores de Plataformas Digitales (REVECOPP), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte. El registro será público y gratuito, estará disponible a través del sitio web del Municipio y permitirá consultar la información de los conductores y vehículos habilitados, incluyendo el número de inscripción, el estado de la habilitación y la fecha de alta. Además, la nueva normativa establece que todos los trámites de inscripción, incorporación de vehículos y fiscalización deberán realizarse de manera digital mediante la plataforma Muni Digital, donde la documentación deberá presentarse en formato PDF u otro soporte electrónico similar. Solo se admitirán trámites presenciales cuando exista una imposibilidad técnica debidamente justificada.
La reglamentación incorpora nuevas condiciones para quienes deseen prestar servicios mediante aplicaciones de transporte. Entre ellas, será obligatorio acreditar domicilio real en Bariloche con una antigüedad mínima de dos años, requisito que podrá demostrarse mediante el DNI, servicios a nombre del titular, contrato de alquiler registrado u otra documentación fehaciente. Asimismo, los conductores deberán contar con Licencia Nacional de Conducir categoría D1 o superior y presentar certificados de antecedentes penales y de tránsito vigentes, emitidos dentro de los seis meses previos a la inscripción.
En cuanto a las unidades afectadas al servicio, la reglamentación establece una antigüedad máxima de diez años desde la fecha de fabricación, condición que será verificada tanto al momento de la inscripción como durante los controles periódicos. También será obligatorio acreditar la titularidad del vehículo o contar con un permiso de uso debidamente autorizado, mediante la correspondiente cédula azul o autorización legal equivalente. Los vehículos deberán poseer Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente, mantener adecuadas condiciones de limpieza, higiene y seguridad, y contar con un seguro de responsabilidad civil para transporte oneroso, además de un seguro de accidentes personales para el conductor y las restantes coberturas exigidas por la normativa nacional.
Otra de las novedades es que todas las unidades habilitadas deberán exhibir una oblea municipal con la inscripción "Vehículo habilitado para Aplicaciones de Transporte", la cual deberá colocarse en el sector inferior derecho del parabrisas delantero y en la luneta trasera, permitiendo su identificación desde el exterior. La reglamentación también establece que la habilitación de los conductores y la de los vehículos será independiente, permitiendo que un conductor habilitado pueda operar cualquier unidad también habilitada, siempre que pueda acreditar durante los controles el correspondiente permiso de uso. Por otra parte, quienes ya se encuentren inscriptos bajo la normativa anterior dispondrán de un plazo de 60 días corridos para adecuarse al nuevo sistema, incorporarse al REVECOPP y presentar toda la documentación requerida en formato digital.
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