La Justicia prohibió a un entrenador municipal acercarse a un adolescente por maltrato y exposición pública
La Justicia dictó una orden de restricción de 100 metros tras denuncias de maltrato, burlas y exposición en redes sociales del joven.

Un adolescente de Bariloche abandonó la práctica deportiva que realizaba desde hacía varios años tras sufrir gritos, burlas, descalificaciones y exposición pública por parte de su entrenador. La situación fue llevada a la Justicia por los padres del joven y concluyó con una orden de protección: el entrenador no podrá acercarse a menos de 100 metros del adolescente durante entrenamientos, competencias u otras actividades deportivas.
La resolución fue dictada por el fuero de Familia de Bariloche a partir de una presentación realizada por los padres del adolescente, quienes denunciaron que las conductas del entrenador habían afectado emocionalmente a su hijo y terminado por alejarlo de una actividad que hasta entonces era parte importante de su vida. El fallo además le prohibió al entrenador publicar, reproducir o difundir fotografías, videos, audios, datos personales o cualquier otro contenido referido al adolescente mediante redes sociales, grupos de mensajería u otras plataformas digitales sin las autorizaciones correspondientes.
Uno de los episodios que motivó la presentación ocurrió durante un torneo. Según planteó la familia, el entrenador difundió en un grupo de WhatsApp un audio y una fotografía del adolescente, lo identificó y realizó comentarios vinculados con su rendimiento deportivo. Ese hecho se sumó, de acuerdo con el relato incorporado al expediente, a otros episodios anteriores de gritos, burlas y descalificaciones. Los padres sostuvieron que esas situaciones comenzaron a deteriorar la confianza del joven hasta que finalmente decidió dejar de asistir.
La jueza consideró que el caso no podía reducirse a una discusión sobre formas de entrenamiento o niveles de exigencia dentro de una disciplina deportiva. Entendió que existía una relación desigual de poder entre un adulto encargado de formar y dirigir y un adolescente bajo su responsabilidad. La sentencia contiene una de las definiciones más contundentes del caso: "Exigir no es humillar. Corregir no es descalificar. Entrenar no habilita a violentar".
La magistrada remarcó que entrenadores, docentes y otras personas que trabajan con niños y adolescentes tienen una responsabilidad especial por la posición de autoridad y confianza que ocupan. También consideró particularmente relevante que algunas de las situaciones denunciadas hayan ocurrido a través de herramientas digitales, ya que esa modalidad amplificó la exposición del adolescente frente a otras personas.
Para resolver, la Justicia tuvo en cuenta documentación aportada por la familia, fotografías, conversaciones de WhatsApp, actuaciones realizadas ante el Municipio y las respuestas brindadas por esa institución. Desde el ámbito municipal se había informado además que el entrenador había sido requerido para que se abstuviera de dirigir mientras se analizaba lo sucedido. La jueza aclaró, sin embargo, que la causa de Familia no debía resolver eventuales consecuencias laborales, contractuales o disciplinarias para el entrenador.
Uno de los aspectos centrales de la resolución fue la decisión de escuchar personalmente al joven. Durante esa instancia, el adolescente manifestó que el deporte seguía siendo importante para él y que su alejamiento no se debía a haber perdido interés, sino a lo que estaba ocurriendo dentro de ese espacio. La jueza entendió que no correspondía obligarlo a regresar. En cambio, estableció que debía garantizarse que, si decide volver a practicar ese deporte, pueda hacerlo sin violencia, presiones ni condicionamientos.
El fallo ordenó además comunicar las medidas a la organización deportiva y al Municipio para que adopten las precauciones necesarias en caso de que el adolescente retome la actividad. También solicitó acciones de acompañamiento para los demás jóvenes que participan de ese ámbito deportivo con el objetivo de evitar que situaciones de maltrato sean naturalizadas como parte del entrenamiento. La definición final quedó en manos del propio adolescente: será él quien decida si quiere volver, dónde hacerlo y bajo qué condiciones. La Justicia intervino para garantizar algo distinto: que esa elección pueda realizarse sin tener que soportar humillaciones como precio para seguir practicando un deporte.
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