Barilochejueves, 27 de agosto de 2026
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La Justicia ordenó al Municipio reincorporar a una empleada que fue apartada preventivamente y luego sobreseída

La Cámara del Trabajo ordenó al Municipio reincorporar en 5 días a una empleada sobreseída que no volvió a su puesto original pese a la orden interna.

Por Redacción Bariloche Diario··2 min de lectura
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La Justicia ordenó al Municipio reincorporar a una empleada que fue apartada preventivamente y luego sobreseída

La Municipalidad de Bariloche deberá reincorporar en un plazo de cinco días a una empleada que había sido apartada de su puesto de manera preventiva mientras se investigaban presuntas irregularidades. El sumario terminó sin sanciones y el propio Municipio ordenó que volviera a su lugar de trabajo, pero esa decisión nunca se cumplió. El fallo fue dictado por la Cámara Segunda del Trabajo, que hizo lugar al reclamo de la trabajadora y le ordenó a la comuna concretar su regreso al sector en el que se desempeñaba antes del traslado.

El caso comenzó cuando la empleada fue removida preventivamente del área de Control de Balanza del Vertedero Municipal y enviada al Departamento de Mayordomía. El cambio de funciones fue dispuesto mientras avanzaba un sumario administrativo y tenía carácter transitorio, es decir, debía mantenerse solo hasta que se resolviera esa investigación interna. Tiempo después, el Tribunal de Calificación y Disciplina sobreseyó a la trabajadora de todos los cargos. Con esa resolución, el traslado preventivo quedó sin efecto y se ordenó formalmente su reincorporación al puesto que ocupaba antes del inicio del sumario.

Sin embargo, según planteó la empleada ante la Justicia, esa orden no pasó del papel. A pesar de haber sido absuelta dentro del procedimiento administrativo, siguió trabajando en Mayordomía y sus reclamos para volver al área original no tuvieron respuesta. Frente a esa situación, acudió a la Cámara Segunda del Trabajo para exigir que el Municipio cumpliera con lo que ya había resuelto dentro de su propia estructura.

La Municipalidad defendió su postura al sostener que tiene facultades para organizar internamente las funciones de su personal. También argumentó que el sobreseimiento en un sumario no le otorga a una agente el derecho automático a trabajar en un sector determinado y remarcó que no hubo una rebaja salarial. Sin embargo, el tribunal entendió que ese no era el punto central. Para los jueces, la discusión no pasaba por si el Municipio puede asignar funciones, sino por un dato concreto: existía una resolución vigente que ordenaba devolver a la trabajadora a su puesto anterior y la comuna no había dictado ninguna decisión posterior que modificara esa orden.

En otras palabras, el Municipio no podía simplemente ignorar una resolución propia. Si quería cambiar el destino laboral de la empleada, debía hacerlo mediante una nueva decisión formal y debidamente fundada. La Cámara también rechazó el argumento de que no había urgencia porque la trabajadora seguía cobrando el mismo salario. Según el fallo, el problema no era solo económico, sino institucional y laboral: la administración debe cumplir las decisiones que ella misma adopta mientras estén vigentes. Con ese criterio, la Justicia ordenó a la Municipalidad de Bariloche reincorporar a la empleada a su anterior puesto de trabajo dentro de los cinco días de notificada la resolución.

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