La Justicia condenó a una ART a indemnizar a un operario que sufrió lesiones al levantar una turbina de 100 kilos
La Cámara Laboral condenó a OMINT ART S.A. a indemnizar a un operario de Alcalis de la Patagonia que sufrió lesiones lumbares al levantar 100 kilos.

La Cámara Laboral resolvió condenar a la aseguradora OMINT ART S.A. a abonar una indemnización a un trabajador de Alcalis de la Patagonia que sufrió una incapacidad permanente luego de un accidente ocurrido durante una jornada laboral. La sentencia se dictó tras un proceso judicial en el que se determinó que las tareas realizadas por el operario contribuyeron al agravamiento de su condición de salud.
El hecho se produjo el 21 de marzo de 2024, cuando el operario se encontraba junto a un compañero levantando una pieza metálica perteneciente a una turbina, de aproximadamente 100 kilogramos, con el objetivo de colocarla sobre un banco de trabajo de unos 90 centímetros de altura. En ese momento sintió un dolor agudo en la zona lumbar que se extendió hacia una de sus piernas. La maniobra que realizaba formaba parte de sus tareas habituales en la empresa.
Según consta en el expediente, la aseguradora brindó atención médica inicial y posteriormente otorgó el alta sin reconocer secuelas incapacitantes, al considerar que el cuadro tenía origen "inculpable". Sin embargo, el trabajador continuó con dolores persistentes, realizó consultas médicas particulares y finalmente debió ser sometido a una intervención quirúrgica. Durante el proceso judicial, una pericia médica determinó que el esfuerzo realizado durante la maniobra laboral actuó sobre una columna con una patología degenerativa previa, agravando su condición. La especialista concluyó que las tareas de manipulación de cargas pesadas pudieron influir en el desencadenamiento del cuadro.
Al analizar el caso, la Cámara Laboral destacó la relación temporal inmediata entre el esfuerzo físico y la aparición de los síntomas, así como la evolución posterior que derivó en cirugía. Además, consideró el examen preocupacional, que había detectado cambios degenerativos incipientes sin incapacidad previa. Los jueces aplicaron la denominada teoría de la indiferencia de la concausa, según la cual corresponde reparar el daño cuando el hecho laboral contribuye a producir o agravar una incapacidad, incluso si existen patologías preexistentes. En consecuencia, el tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó a la aseguradora el pago de una indemnización millonaria, al considerar acreditado el vínculo entre la tarea realizada y la incapacidad permanente del trabajador.
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