Justicia falló a favor de dos trabajadores rurales explotados en Mallín Ahogado
La Justicia falló a favor de dos hombres que llegaron a Mallín Ahogado con promesas de trabajo rural en una chacra, pero nada fue como acordaron. Vivieron en condiciones precarias, sin descansos y con extensas jornadas laborales, lo que los llevó a iniciar acciones legales.
Según se logró reconstruir, los dos trabajadores llegaron en 2020 a una chacra ubicada en Costa del Río Azul, en Mallín Ahogado Alto. Allí realizaban tareas generales vinculadas a la producción agrícola, que incluían cosecha, poda, desmalezamiento, mantenimiento y labores de embalaje. La relación laboral se desarrolló sin registración, sin aportes ni respaldo legal, aspecto que resultó central en el reclamo judicial.
Las condiciones de trabajo eran extremas: las jornadas se extendían desde las 8 de la mañana hasta las 20, con actividad incluso los fines de semana y sin descansos compensatorios. La carga laboral superaba lo planteado inicialmente. Los trabajadores residían dentro del mismo predio rural, en condiciones que describieron como inadecuadas. Los reclamos se acumularon con denuncias de malos tratos y un episodio que derivó en la intervención de autoridades laborales.
Ante esta situación, los trabajadores intimaron al empleador a regularizar el vínculo laboral, abonar diferencias salariales, registrar la relación y cumplir con las obligaciones legales. También exigieron la entrega de documentación y el cese de las conductas denunciadas. Como la respuesta no resolvió el conflicto, se consideraron despedidos por responsabilidad del empleador y avanzaron con una demanda judicial.
El proceso avanzó sin participación del empleador, que no se presentó ni contestó la demanda. Esta ausencia permitió al juzgado tener por acreditados los hechos relatados por los trabajadores. La sentencia consideró probada la existencia de la relación laboral, su falta de registración y las condiciones en que se desarrolló, entendiendo que los incumplimientos justificaron el despido indirecto.
El fallo reconoció indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones y aguinaldo, además de sanciones económicas por empleo no registrado y por haber obligado a los trabajadores a recurrir a la vía judicial. También ordenó la entrega de documentación laboral en un plazo determinado. El monto total será determinado en una instancia posterior de liquidación, y el fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.
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