El Superior Tribunal falló contra el municipio por el cobro de tasas de publicidad interior
El Superior Tribunal de Justicia dictó un fallo adverso para la Municipalidad de Bariloche, que le impide definitivamente cobrar tasas por publicidad y propaganda ubicada en el interior de los locales comerciales. La decisión judicial se produjo tras resolver una demanda iniciada hace varios años por la empresa AMX Argentina SA, conocida comercialmente como la telefónica Claro.
La Cámara Civil y Comercial dictó la inconstitucionalidad de una ordenanza que había sido aprobada hace ya 20 años, la cual habilitaba al municipio a percibir derechos por letreros, anuncios o cartelería ubicada dentro de los establecimientos comerciales. Esta normativa permitía al gobierno local cobrar una tasa específica por este tipo de publicidad interna.
El fallo judicial, que se conoció hace pocos días, no solo declaró inconstitucional la ordenanza sino que también impugnó la decisión municipal de delegar el relevamiento de esos carteles publicitarios en una empresa privada. Esta práctica había sido cuestionada por la empresa telefónica en su demanda contra el municipio barilochense.
Con esta resolución definitiva del Superior Tribunal de Justicia, la Justicia le cerró el paso en forma definitiva a las pretensiones del municipio de Bariloche de continuar cobrando estos derechos por publicidad y propaganda interior. La decisión representa un precedente importante en materia de tasas municipales y sus límites constitucionales en la ciudad cordillerana.
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