El Superior Tribunal de Justicia revisará la absolución de Gennuso por la causa Techo Digno
El máximo tribunal provincial admitió la queja del fiscal Brogna y revisará la absolución del ex intendente en la causa por el programa de viviendas.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) admitió abrir la queja presentada por el Fiscal General, Fabricio Brogna, en relación a la absolución en dos instancias del ex intendente de Bariloche, Gustavo Gennuso, en la causa Techo Digno. La admisión implica que el máximo tribunal provincial se avocará a tratar la cuestión de fondo de este caso que involucra el programa nacional de construcción de viviendas.
Esta causa es la primera vinculada al programa Techo Digno que llega al Superior Tribunal de Justicia. Según informó el Poder Judicial, la sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12. El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci, Cecilia Criado, y se completó con Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación en subrogancia. Gennuso participó de la audiencia por zoom.
Tras escuchar los argumentos iniciales de la acusación, representada por el Fiscal General Fabricio Brogna, y la defensa, a cargo de Manuel Maza y Luciano Perdriel, se produjo un cuarto intermedio. Al reanudarse, el STJ resolvió por mayoría: "abrir la queja en su totalidad por considerar que la fiscalía ha brindado argumentos suficientes en relación a la supuesta configuración de sentencia arbitraria, que eventualmente habilitaría -de confirmarse- la interposición de un recurso extraordinario penal".
Durante la audiencia para resolver el Recurso Extraordinario, Fiscalía y Defensa argumentaron sobre el principio de congruencia, la arbitrariedad y si hubo sustracción o no de los fondos de las esferas de control. Brogna expresó que Gennuso "sustrajo" los fondos del control y que el ex intendente admitió esto justificando que era "para no perderlos". El fiscal también indicó que condenarlo por una calificación menor al peculado, como administración fraudulenta, no violaría el principio de congruencia. Por su parte, Maza argumentó que los fondos siempre quedaron en la órbita municipal y por lo tanto no salieron de los controles públicos. También sostuvo que peculado y malversación son dos delitos distintos y que condenarlo por el delito menor violaría el derecho de defensa, planteando además que la malversación estaría prescripta.
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