El Consejo de la Magistratura descartó la remoción de Betiana Cendón y giró el expediente a Procuración
El Consejo descartó la remoción pero giró el expediente a Procuración para evaluar medidas disciplinarias por conflictos laborales.

El Consejo de la Magistratura de la Tercera Circunscripción Judicial resolvió no avanzar con un procedimiento de remoción contra la fiscal jefa de Bariloche, Betiana Cendón, tras aceptar el informe elaborado en el sumario iniciado en su contra. La decisión fue adoptada por unanimidad de los consejeros que participaron de ese punto, aunque el caso no quedó completamente cerrado.
Las actuaciones serán remitidas a la Procuración General, que deberá analizar si algunas de las situaciones surgidas durante la investigación justifican medidas disciplinarias o de gestión dentro del ámbito de Superintendencia del Ministerio Público. El procurador general Jorge Crespo no intervino en la decisión del Consejo, ya que será precisamente la Procuración la que deberá continuar ahora con el análisis.
El informe del instructor concluyó que no se pudieron acreditar conductas con entidad suficiente para configurar mal desempeño o graves desarreglos de conducta, que son las causales que podrían haber habilitado una instancia de remoción ante el Consejo. El sumario se había iniciado a partir de una denuncia que atribuía a Cendón situaciones de violencia y acoso laboral, mal desempeño, graves desarreglos de conducta y posibles irregularidades en el ejercicio de sus funciones.
Durante la investigación se incorporó documentación presentada por denunciantes y defensa, se citó a 45 testigos y se recibieron declaraciones en distintas jornadas. También se requirió información a la Fiscalía General, a la Jefatura de Fiscalía de Bariloche, a la Superintendencia del Ministerio Público y al área de Desarrollo Humano, además de documentación relacionada con distintos legajos penales mencionados en la denuncia.
Uno de los ejes centrales estuvo puesto en las denuncias por violencia laboral, maltrato y acoso. El sumariante concluyó que las declaraciones recogidas no permitieron construir un cuadro uniforme y suficientemente preciso. Algunas personas describieron situaciones de tensión y cuestionaron el estilo de conducción de Cendón. Otras, en cambio, dijeron haber mantenido relaciones laborales adecuadas y no haber sufrido ni presenciado situaciones de hostigamiento.
A partir de esa valoración conjunta, el instructor entendió que no pudo demostrarse la existencia de una práctica sistemática de violencia laboral. Tampoco consideró que las capturas de pantalla, audios y restante documentación permitieran acreditar de manera objetiva una conducta persecutoria destinada a provocar daño psicológico.
El informe también analizó distintas expresiones y formas de comunicación atribuidas a la fiscal jefa. El sumariante reconoció que algunas pudieron resultar desafortunadas, inconvenientes o impropias desde la perspectiva de las buenas prácticas de conducción. Sin embargo, concluyó que la prueba no alcanzó el nivel necesario para calificarlas como graves desarreglos de conducta.
Otra parte del sumario estuvo destinada a analizar la intervención de Cendón en determinadas investigaciones penales. El instructor concluyó que no se acreditó que hubiera actuado con una finalidad ajena a sus funciones, intentado favorecer indebidamente a alguna de las partes o alterado deliberadamente el desarrollo de una investigación. También se revisaron referencias a posibles delitos. Según el informe, no aparecieron elementos objetivos suficientes para superar el terreno de la sospecha y las denuncias penales derivadas de esas situaciones habían sido desestimadas.
La conclusión diferencia dos planos. Por un lado, el Consejo de la Magistratura entendió que no existen elementos suficientes para continuar con una instancia que pueda terminar en la remoción de Cendón. Por otro, el propio informe detectó conflictos laborales y cuestiones vinculadas con modalidades de comunicación, conducción y liderazgo que pueden ser evaluadas dentro del régimen disciplinario interno del Ministerio Público.
Por eso, las actuaciones pasarán ahora a la Procuración General. Crespo deberá determinar si corresponde adoptar medidas disciplinarias, disponer acciones de gestión o avanzar con modificaciones en los mecanismos de supervisión y resolución interna de conflictos. El informe también recomendó revisar herramientas de comunicación, supervisión, gestión de equipos y abordaje temprano de situaciones conflictivas. La instancia ante el Consejo de la Magistratura queda así cerrada en lo relativo a una eventual remoción, pero el expediente continuará abierto en otro ámbito y con un estándar de responsabilidad diferente.
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