Barilochejueves, 6 de agosto de 2026
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Cortés reglamentó las aplicaciones de transporte: registro obligatorio, licencia profesional y autos de hasta diez años

Cortés firmó la resolución que crea el REVECOPP, registro obligatorio para conductores de Uber, Didi y Cabify con exigencias de residencia y antigüedad.

Por Redacción Bariloche Diario··3 min de lectura
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Cortés reglamentó las aplicaciones de transporte: registro obligatorio, licencia profesional y autos de hasta diez años

El intendente Walter Cortés reglamentó el funcionamiento de los servicios de transporte de pasajeros contratados mediante plataformas digitales en Bariloche y fijó nuevas condiciones para los conductores y vehículos que operen bajo esa modalidad. La Resolución 2459-I-2026 crea un registro municipal obligatorio, incorpora requisitos de seguridad y dispone que las inscripciones, la presentación de documentación y buena parte de la fiscalización se realicen de manera digital.

La regulación alcanza al transporte privado "punto a punto", es decir, a los viajes solicitados por un pasajero a través de una aplicación (Uber, Didi o Cabify) y realizados entre dos ubicaciones previamente determinadas. Entre las exigencias centrales aparecen la residencia mínima de dos años en Bariloche, la licencia profesional categoría D1 o superior, vehículos con una antigüedad máxima de diez años y seguros específicos para el traslado oneroso de pasajeros.

La resolución crea el Registro de Vehículos y Conductores de Plataformas Digitales, denominado REVECOPP, que estará bajo la órbita de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte. El padrón será público y gratuito y podrá consultarse a través del sitio web municipal. Allí figurarán los datos identificatorios, el número de inscripción, la fecha de alta y el estado de la habilitación de cada conductor y vehículo. La inscripción de las personas y la habilitación de los automóviles funcionarán de manera independiente, lo que permitirá que un conductor habilitado pueda utilizar diferentes vehículos registrados, siempre que acredite la autorización correspondiente. El trámite se realizará mediante la plataforma Muni Digital, y la presentación presencial solamente será admitida cuando exista una imposibilidad técnica debidamente justificada.

Uno de los puntos políticos de la reglamentación es la exigencia de acreditar domicilio real en Bariloche durante al menos los últimos dos años. El requisito podrá demostrarse mediante el domicilio del DNI, facturas de servicios a nombre del interesado, un contrato de alquiler registrado u otra documentación considerada válida. El Municipio presenta esta condición como una forma de priorizar la mano de obra local y evitar que durante las temporadas de mayor movimiento ingresen conductores de otras ciudades únicamente para trabajar de manera temporal. Además, cada conductor deberá contar con una Licencia Nacional de Conducir categoría D1 o superior, y también tendrá que presentar certificados de antecedentes penales y de tránsito emitidos dentro de los seis meses previos a la inscripción.

Los automóviles afectados al servicio no podrán superar los diez años de antigüedad desde su fecha de fabricación. Esa condición será controlada tanto al momento de la inscripción como en las revisiones posteriores. Las unidades deberán tener vigente la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y cumplir con condiciones de limpieza, higiene y seguridad. También será necesario acreditar la titularidad del vehículo o contar con un permiso formal para utilizarlo. La resolución menciona como opciones la cédula habilitante a nombre del conductor o una autorización otorgada a la empresa correspondiente. Cada unidad deberá contar con un seguro de responsabilidad civil específico para transporte oneroso de pasajeros, además de una cobertura de accidentes personales para el conductor.

Los vehículos registrados tendrán que exhibir una identificación municipal con la leyenda "Vehículo habilitado para Aplicaciones de Transporte". La oblea deberá colocarse en la parte inferior derecha del parabrisas delantero y también en la luneta trasera, de manera que pueda ser leída desde el exterior. La identificación busca permitir que pasajeros, inspectores y otros conductores reconozcan rápidamente cuáles son los automóviles autorizados para operar.

Los conductores y vehículos que ya se encuentren registrados bajo la normativa anterior tendrán un plazo de 60 días corridos desde la publicación de la resolución para adecuarse a las nuevas exigencias. Durante ese período deberán incorporarse al REVECOPP, completar la documentación digital y acreditar el cumplimiento de los requisitos adicionales. La reglamentación complementa la ordenanza aprobada en 2025 y la resolución municipal que había establecido las primeras condiciones para el funcionamiento de esta modalidad.

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