Confirman el desalojo de un taller artístico en un galpón de la estación de trenes
La Cámara ratificó el desalojo de un predio de 2.800 m² en la estación de trenes. El artista ocupante debe devolverlo a Tren Patagónico.

La Cámara de Apelaciones de Bariloche confirmó el desalojo de un predio ubicado dentro de la estación ferroviaria de la ciudad y ratificó que deberá ser restituido a Tren Patagónico S.A. El lugar comprende unos 2.800 metros cuadrados, con un galpón de aproximadamente 450 metros cuadrados y una vivienda construida dentro del predio.
Durante años, el espacio fue utilizado por un artista para desarrollar trabajos vinculados con la piedra. Allí funcionó un taller de investigación y producción artística y, con el tiempo, también se levantó una vivienda. El uso del inmueble comenzó mediante comodatos y posteriormente pasó a formalizarse a través de un contrato de alquiler con Tren Patagónico. Ese contrato fue firmado en 2016 y tenía una duración de tres años. Después de su vencimiento, el artista continuó ocupando el predio.
Tren Patagónico reclamó alquileres adeudados y realizó distintas intimaciones. En febrero de 2025 le comunicó que debía cancelar la deuda y devolver el inmueble. Un mes después, el hombre envió una nota al gobernador en la que manifestó su intención de alcanzar un acuerdo que le permitiera continuar en el lugar y reconoció una deuda superior a $12 millones. Ante la falta de restitución, la Fiscalía de Estado inició el juicio de desalojo en representación de Tren Patagónico.
Durante el proceso, el ocupante sostuvo que originalmente había recibido el espacio para desarrollar un proyecto artístico y que, con el paso de los años, realizó tareas de mantenimiento y distintas mejoras. También planteó que había construido una vivienda y que debía reconocerse el valor de esas inversiones. El expediente incorporó además un informe social sobre su situación económica y familiar, mientras distintos testigos destacaron su trayectoria y reconocimiento artístico.
Sin embargo, la sentencia de primera instancia entendió que esas circunstancias no modificaban la cuestión central: si existía o no obligación de devolver el inmueble. El juez consideró acreditado el contrato de alquiler. Una pericia caligráfica confirmó que las firmas correspondían al demandado y también se tuvo por probado que el plazo estaba vencido, que Tren Patagónico había comunicado su decisión de terminar el vínculo y que existían alquileres impagos. Por esos motivos ordenó el desalojo.
El artista apeló la decisión. Cuestionó la valoración de la prueba y sostuvo que no se había considerado suficientemente el origen de la ocupación, la actividad cultural desarrollada allí ni las mejoras realizadas. También invocó el derecho a una vivienda digna y planteó un derecho de retención sobre el inmueble por las inversiones que aseguró haber efectuado.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de Bariloche rechazó esos argumentos y confirmó la sentencia. El tribunal explicó que, para frenar un desalojo de este tipo, debía demostrarse que no existía obligación de devolver el inmueble. En este caso, entendió que esa obligación estaba acreditada por el vencimiento del contrato y la decisión de Tren Patagónico de finalizar la relación.
Respecto de las inversiones efectuadas en el predio, la Cámara señaló que un locatario puede reclamar determinadas mejoras y, bajo ciertas condiciones, ejercer un derecho de retención. Sin embargo, sostuvo que en este expediente no se acreditó la existencia de un crédito líquido y exigible que permitiera conservar el inmueble. Eso no impide que el artista reclame el valor de las mejoras por otra vía judicial.
La Cámara también analizó el argumento vinculado con el derecho a una vivienda digna. Señaló que ese derecho constitucional no fue desconocido, pero entendió que no podía utilizarse para impedir la restitución del inmueble en estas condiciones. Además, recordó que cualquier ejecución de un desalojo que involucre una vivienda debe realizarse respetando la normativa de Derechos Humanos. Con esta decisión, quedó confirmada la obligación de devolver a Tren Patagónico el predio ubicado dentro de la estación ferroviaria de Bariloche.
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